Resumen en Español :

Se analizan las deducciones de los honorarios de directores, síndicos o miembros del consejo de vigilancia según la ley de Impuesto a las ganancias. El importe a retener, los plazos, aportes, honorarios, se consideran según lo establecen la ley de Impuesto a las ganancias, ley de Procedimiento fiscal, la resolución N° 2784 y anteriores, doctrina y jurisprudencia

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