Resumen en español :

Actualmente el contrato de leasing tiene la modalidad del "lease back" y puede practicarse con bienes e inmuebles. También pueden ser objeto de este contrato: marcas, patentes y tecnología especial. El Banco de Mendoza analiza dos figuras, el "leasing back" y el "leasing inmobiliario". Este tipo de operación se incorpora al ordenamiento jurídico nacional mediante la ley 21526, aclarando las entidades financieras habilitadas y los vacíos normativos a fin de evitar prácticas contables erróneas y/o alternativas. El autor advierte que la ley es muy escueta y sugiere agregar a esta una definición y caracterización suficiente acerca del leasing.

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