Infracciones y sanciones tributarias en la ley 11683

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Realizada en:
Páginas: 69 p.
Idioma: Español

Colaboradores: Director/a:
Nombre de la Carrera: Contador Público Nacional y Perito Partidor
Institución: FCE, UNCuyo
Título al que opta: Contador/a Público Nacional y Perito Partidor

Resumen en Español :

El presente documento se enfoca en el análisis de las sanciones formales y materiales, las cuales se encuentran contempladas en la Ley de Procedimiento Fiscal. El bien jurídico tutelado en materia penal tributaria es la hacienda pública, y el Fisco, con el objetivo de preservarla, tiene la potestad de reprimir la conducta de los contribuyentes o responsables cuando se configure un ilícito tributario ya sea mediante infracciones formales o materiales.
La Ley de Procedimiento Tributario Nacional clasifica a las infracciones tributarias en: formales, las cuales implican una transgresión a deberes formales, mediante el incumplimiento de las obligaciones de hacer y/o no hacer. Materiales o sustanciales, las cuales implican una transgresión al cumplimiento de la relación jurídico-tributaria principal, es decir, de la obligación tributaria, la cual consiste en una obligación de dar generalmente una suma de dinero. Las sanciones más leves en cuanto a su monto se aplican a las infracciones formales, correspondiendo las más graves a las sustanciales.
En todos los casos, para la determinación de la infracción y la correspondiente aplicación de las sanciones, siempre se deberá seguir un procedimiento que comienza con una instrucción del sumario, sigue con la vista al contribuyente, la defensa a su cargo y por último, la resolución final del juez administrativo.

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